Derecho al trato humano a las personas privadas de libertad

Con nuevas cárceles y sin diálogo, avanza la «reforma penitenciaria» destinada al fracaso

Dante Ariel Leguizamón Morra

Red de Abogadas y Abogados de Derechos Humanos – Codehupy

Palabras clave: emergencia sanitaria, nuevas cárceles, prisión preventiva, reforma penitenciaria, sistema penitenciario
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Leguizamón Morra, D. (2021). Con nuevas cárceles y sin diálogo, avanza la «reforma penitenciaria» destinada al fracaso. En Codehupy (Ed.), Derechos Humanos en Paraguay 2021 (329-354). Asunción, Paraguay: Codehupy.

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El sistema penitenciario sigue marcado por el hacinamiento, el crecimiento exponencial de la población, las pésimas condiciones de alojamiento, los sistemas de corrupción y la injerencia de las organizaciones criminales. Casi inexplicablemente, el COVID-19 no causó mayores estragos en el sistema, inclusive cuando la priorización de la vacunación dejó mucho que desear. Ante la crítica situación en general, las respuestas terminan siendo coyunturales frente a las situaciones emergentes en un sistema a punto de explotar. La mentada «reforma penitenciaria» debe reencauzarse o reiniciarse, de lo contrario, su camino avanza hacia un rotundo fracaso.


 

En este artículo se presentan dos cuestiones centrales relacionadas a la situación de los derechos de las personas privadas de libertad en el sistema penitenciario paraguayo. Por un lado, las respuestas y acciones estatales frente al COVID-19, para lo cual es imprescindible acudir al pormenorizado examen presentado en el artículo publicado en el informe de derechos humanos del año pasado[1]. Las medidas preventivas, los casos detectados, las acciones de respuesta frente a los brotes de la enfermedad en las cárceles, las personas fallecidas y los procesos de vacunación forman parte del análisis. Por otro lado, se tratará la «reforma penitenciaria» en proceso, pero con una mirada sobre lo que está ocurriendo desde hace al menos 10 años. También se profundizará sobre el crecimiento de la población penitenciaria, los procesos de reforma, las nuevas construcciones y los estándares de derechos humanos, la corrupción y la violencia en el sistema. Además, se hará una mención de los procesos de reinserción llevados adelante. Finalmente, se expondrán casos graves de violaciones de derechos humanos ocurridos en el 2021 en este ámbito.

Situación del derecho

COVID-19 en las cárceles

Durante la primera parte del 2021, el país recibió el impacto más duro del COVID-19. Las medidas de prevención y de reacción desarrolladas fueron infructuosas frente a las nuevas cepas y oleadas. Asimismo, las medidas preventivas dictadas por el Ministerio de Justicia no lograron evitar el ingreso, ni la propagación del virus dentro de los establecimientos penitenciarios y centros educativos de privación de libertad de adolescentes.

Cierre epidemiológico. En el 2020, el Ministerio de Justicia dictó varias directrices[2] para prevenir la propagación y respecto al manejo del COVID-19 en los establecimientos a su cargo[3]. Para situaciones de brotes de la enfermedad dentro de las instituciones, se habilitó la posibilidad del cierre epidemiológico, ya sea que las personas contagiadas fueran funcionarias o personas privadas de libertad[4]. Esta medida se adoptó en cada caso por al menos 30 días y varias veces se amplió este tiempo por 15 días o más[5]. Solo hubo algunas penitenciarías que no llegaron a cerrarse, debido a la poca cantidad de personas contagiadas y a la rápida reacción de detección y gestión dentro del penal. Además de afectar directamente los derechos de las personas privadas de libertad, esta medida de restricción total del ingreso a la institución penitenciaria es ampliamente resistida por los círculos de corrupción y de poder que manejan los penales, pues limita claramente sus acciones.

Brotes y test. Entre octubre de 2020 y 2021 se dieron al menos dos brotes de contagio en cada uno de los penales y centros educativos. En junio de 2020, en el primer brote ocurrido en la Penitenciaría Regional de Ciudad del Este y en el Centro Penitenciario de Mujeres «Juana María de Lara», también de Ciudad del Este, se realizó el test de COVID-19 a un gran porcentaje de la población privada de libertad; sin embargo, en las demás instituciones se realizó a una cantidad bastante menor. Luego, la estrategia de aplicación cambió. Primero, por la falta de test o insumos para el mismo (hisopos) y por la dificultad de coordinación con las regiones sanitarias. Segundo, esta escasez frente a los altos niveles de hacinamiento hizo que las pruebas se realizaran de acuerdo con un mapeo de la penitenciaría. Entonces, si los resultados positivos eran de personas de distintos sectores del lugar, se decretaba brote epidemiológico general. Esto explica que se hayan aplicado 2.256 test en más de un año y medio, pero que el registro de casos positivos sea de 1.289 nada más. La propia Dirección de Salud Penitenciaria del Ministerio de Justicia estima que los casos positivos en los penales han sido altamente superiores.

Fallecimientos. El Ministerio de Justicia informó que fueron 23 las personas fallecidas desde el inicio de las restricciones sanitarias, pero sin discriminar personas privadas de libertad y funcionarios[6]. En entrevista mantenida con la Dra. Claudia Piñánez e información remitida posteriormente, la misma confirmó que fueron 7 las personas privadas de libertad (todos hombres) que fallecieron a causa del COVID-19 y 22 funcionarios y funcionarias públicos(as) del sistema penitenciario o adolescentes (14 hombres y 8 mujeres). El Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor (SENAAI) informó que fueron 3 las personas fallecidas, todas funcionarias públicas, incluidas en el total anterior.

Contagios en centros educativos. La SENAAI informó que en los centros educativos de Ciudad del Este, Concepción e Itauguá se produjeron contagios masivos de COVID-19. Se detectaron casos en Cambyretá (Itapúa) y La Esperanza (Itauguá), pero hubo un contagio masivo. Por otro lado, la Dra. Piñánez confirmó que se produjeron contagios masivos en el Centro Educativo Sembrador de Villarrica y el Centro Educativo de Pedro Juan Caballero. Concretamente, entre marzo de 2020 y septiembre de 2021, en centros educativos se detectaron 60 casos positivos y 24 negativos. Es importante destacar que se utilizó la misma estrategia que en el sector penitenciario con relación a la aplicación de test, por lo que estos números no son concluyentes.

Vacunación a personas privadas de libertad

La pésima gestión del Gobierno paraguayo para la compra de vacunas anti-COVID-19 impactó decididamente en la propagación del virus y las muertes por esta enfermedad en nuestro país.

En el Plan de Vacunación COVID-19, establecido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social[7] (MSPBS), se identificaba a los grupos prioritarios por ser grupos de riesgo. Entre ellos, se incluyó a las personas privadas de libertad. No obstante, esta declaración no necesariamente significó que la población privada de libertad haya sido priorizada.

En el mes de julio se inició una campaña masiva de vacunación. El 7 de ese mes empezó la vacunación de personas privadas de libertad con comorbilidades[8], pero no se precisa la institución. El 12 se habilitó la vacunación exclusiva a agentes penitenciarios[9]. A partir del 13 se inició la vacunación general de personas hasta 35 años. Recién el 23 de julio, según el propio Ministerio de Justicia, comenzó la vacunación anti-COVID-19 en las instituciones a su cargo[10].

Según los datos oficiales, al 15 de octubre de 2021, al menos 2.868.611 personas recibieron una dosis y el 70% de estas cumplieron el ciclo con la segunda dosis[11]. Este 70% representa 2.058.067 personas, lo que a su vez equivale al 28% de la población total del Paraguay[12].

Según el MSPBS, al 23 de septiembre de 2021, 4.727 personas privadas de libertad han recibido una dosis de la vacuna anti-COVID-19, y solo 951 la segunda dosis, lo que significa que el 31,8% de la población penitenciaria cuenta con la primera dosis y el 6,4% del total de la población privada de libertad ha completado el ciclo de inmunización contra esta enfermedad.

Los informes remitidos inicialmente por el Ministerio de Justicia[13] detallaban la cantidad de vacunas, pero sin especificar las dosis. Los números no coincidían con los datos del MSPBS. Ante esta situación, en la entrevista mantenida con la Dra. Claudia Piñánez, se solicitó ese detalle y la actualización del proceso de vacunación al 14 de octubre de 2021, lo que se presenta en la tabla 1.

Tabla 1. Vacunación de personas privadas de libertad

Institución

Población

Personas privadas de libertad vacunadas

1ra. dosis

2da. dosis

Tipo de vacuna

% al menos 1 dosis

% Completa

P. N. Tacumbú

2.069

805

528

Covaxin/Coronavac/AZ

38,9

25,5

U. P. I. «La Esperanza»

203

196

0

Sputnik

96,6

0,0

P. R. de Emboscada

1.348

1.180

0

Covaxin

87,5

0,0

P. R. «Padre Juan Antonio de la Vega»

1.420

1.250

0

Covaxin

88,0

0,0

P. R. de Itapúa

1.422

638

2

AZ

44,9

0,1

P. R. de Misiones

1.530

494

0

S/D

32,3

0,0

P. R. de Concepción

1.142

144

0

Coronavac/AZ

12,6

0,0

P. R. de Coronel Oviedo

1.632

461

0

Covaxin/AZ

28,2

0,0

P. R. de San Pedro

1.205

447

6

AZ

37,1

0,5

P. R. de Villarrica

412

255

36

AZ/Sputnik/Pfizer

61,9

8,7

P. R. de Pedro Juan Caballero

862

417

2

Covaxin

48,4

0,2

P. R. de Ciudad del Este

1.065

250

204

S/D

23,5

19,2

C. P. M. «Casa del Buen Pastor»

362

365

334

S/D

100,8

92,3

C. P. M. «Juana M. de Lara»

66

45

1

Covaxin

68,2

1,5

C. P. M. «Serafina Dávalos»

54

40

23

Sputnik

74,1

42,6

Granja Ita Porã

13

5

1

S/D

38,5

7,7

Granja Ko’ẽ Pyahu

29

17

0

Sputnik/AZ

58,6

0,0

C. P. S. «Nueva Oportunidad»

11

10

10

S/D

90,9

90,9

Totales

14.845

7.019

1.147

 

47,3

7,7

Fuente: Elaboración propia a partir de datos remitidos por el Ministerio de Justicia.

 

Como se ve en la tabla 1, los promedios de vacunación con relación a la segunda dosis están muy por debajo del promedio de vacunación anti-COVID-19 nacional, verificando que en la mayoría de los centros penitenciarios no se ha iniciado la aplicación de la segunda dosis.

Con excepción de las dos ubicadas en Emboscada, las penitenciarías más pobladas son las que tienen menor porcentaje de aplicación de la primera y la segunda dosis.

Solo el Centro Penitenciario de Mujeres «Casa del Buen Pastor» tiene el 100% de su población con la primera dosis y el 92,3% con la segunda.

En los centros educativos para adolescentes privados de libertad, los promedios de vacunación con la segunda dosis también son bajos, pero en estos casos sería entendible, dada la reciente habilitación de la vacunación en franjas etarias menores de 18 años. El 78% ya contaba al menos con la primera dosis y solo el 5,0% con la segunda.

A casi cuatro meses después de iniciado el proceso de vacunación masiva, estos datos muestran los bajísimos niveles de ciclos completos de vacunación. Claramente, se evidencia que las personas privadas de libertad no han sido priorizadas para la vacunación anti-COVID-19, contradiciendo lo establecido en el mismo Plan de Vacunación del MSPBS.

De acuerdo con la información recibida, resultó muy complicada la coordinación con algunas de las regiones sanitarias durante toda la pandemia, debido a que las mismas no necesariamente coincidían en cuanto a las prioridades que se habían fijado con relación a las personas privadas de libertad. Las dificultades guardaban relación con la provisión de insumos para los test, lugares para atención y, finalmente, la provisión de las vacunas.

Contratación de personal médico

Debido al importante déficit de personal médico en el sistema penitenciario[14], es importante destacar que, a fin de prepararse para enfrentar los eventuales contagios masivos en las instituciones a cargo del Ministerio de Justicia, entre marzo de 2020 y octubre de 2021 fueron contratados 117 profesionales de blanco para prestar servicio en los sectores de sanidad de las penitenciarías y los centros educativos. De las 117 personas contratadas, 42 eran médicas(os), 75 licenciados(as) en enfermería y 1 obstetra.

Sistema penitenciario en crisis estructural profunda

Desde hace tiempo, el sistema penitenciario padece una crisis estructural profunda, marcada por el hacinamiento, el crecimiento anual de personas privadas de libertad, las pésimas condiciones de privación de libertad y la corrupción. A esto se sumaron, ya desde hace algunos años, la presencia y el fortalecimiento de organizaciones criminales como el Primer Comando Capital (PCC), el Comando Vermelho (CV) y el Clan Rotela.

Si se tienen en cuenta tanto la capacidad, acorde a los estándares de derechos humanos establecida por el Mecanismo de Prevención de la Tortura (MNP), como la fijada por el Ministerio de Justicia, la situación actual en la mayoría de los establecimientos penitenciarios[15] puede calificarse como de sobrepoblación crítica[16].

Del total de la población, el 71% se halla privada preventivamente de libertad y el 29% ha sido condenada. En el caso de las mujeres, el 60% se encuentran en prisión preventiva y el 40% han sido condenadas[17]. El Paraguay se mantiene como uno de los países con mayor porcentaje de personas detenidas con prisión preventiva.

Ninguna de las situaciones relatadas es nueva, sino que las medidas tomadas no han atacado el problema de fondo, que guarda relación fundamentalmente con el crecimiento de la población penitenciaria, el abuso de la prisión preventiva y la lentitud de los procesos judiciales.

«Reforma penitenciaria»

El Paraguay viene anunciando la «reforma penitenciaria» desde hace muchos años. En el 2014, el Ministerio de Justicia, por Resolución N.º 660/2014, aprobó el Plan de Reforma del Sistema Penitenciario[18]. Este plan de reformas está basado en cuatro ejes.

Eje I: «Plan de descongestionamiento»

Este plan[19] incluye un sistema de videoconferencias, una Mesa Interinstitucional de Justicia, la realización de audiencias preliminares y de revisión en los centros penitenciarios, etcétera[20].

Si bien se han implementado algunas de las medidas citadas, como el sistema de videoconferencias (potenciado durante la emergencia sanitaria) y la realización de audiencias en los centros penitenciarios, el sostenido crecimiento de la población de personas privadas de libertad da cuenta de lo insuficiente de estas medidas. Siete años después, se puede afirmar que el plan de reforma ha fracasado totalmente con relación a este tema.

La tasa de prevenidos —como se mencionó— sigue estando por encima del 70%[21], y el crecimiento de la población penitenciaria se mantiene en los niveles de los años anteriores a la pandemia.

Tabla 2. Crecimiento de la población penitenciaria en los últimos cinco años

Mes / Año

2016

2017

2018

2019

2020

2021

Enero

12.213

0

13.747

14.579

15.544

14.055

Febrero

12.524

0

14.038

14.965

15.755

14.176

Marzo

13.001

0

14.326

15.434

15.846

14.305

Abril

12.921

0

14.335

15.544

15.170

14.351

Mayo

13.159

0

14.585

15.654

14.654

14.373

Junio

13.179

0

14.542

15.740

14.042

14.441

Julio

0

14.501

15.589

13.925

14.544

Agosto

13.646

14.630

15.235

13.368

14.648

Septiembre

12.910

13.526

14.697

15.044

13.300

14.845

Octubre

13.643

14.669

15.191

13.486

0

Noviembre

13.808

14.829

15.381

13.577

0

Diciembre

13.181

13.887

14.696

15.477

13.821

0

Diferencia anual

968

706

949

898

-1.656

1.024

Índice de crecimiento anual

8%

5,30%

6,90%

5,80%

-12

6,9

Fuente: MNP, datos de septiembre de 2021.

 

Los datos de la tabla 2 permiten ver un crecimiento sostenido en los últimos años, con excepción del 2020, debido presumiblemente a la situación de emergencia sanitaria, la disminución de hechos punibles —según la propia Policía Nacional[22]— y la estadía de las personas privadas de libertad en comisarías del país[23], y no necesariamente a una acción estatal sostenida. En los nueve meses del 2021, la población privada de libertad ya creció en 1.024 personas.

Posterior a la masacre de San Pedro en 2019[24], el Ministerio de Justicia y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) convocaron a una cumbre de poderes del Estado[25] para debatir acciones en torno a dicha situación y la crisis penitenciaria. Como resultado de ese proceso se modificaron leyes[26], como la derogación de la Ley N.º 4431/2011, que restringía la posibilidad de otorgar medidas alternativas en los procesos penales. Sin embargo, este cambio legislativo no evitó que se continúe utilizando la prisión preventiva de manera abusiva. Si bien entre los meses de junio y septiembre de 2019 disminuyó la cantidad de personas privadas de libertad, a partir de octubre de ese mismo año se restableció la tendencia de crecimiento de la población penal.

En la cumbre se logró identificar las problemáticas del sistema y el impulso de modificaciones legislativas, pero no se avanzó sobre posibles acciones, porque las nuevas autoridades del Ministerio de Justicia no le dieron la continuidad ni el impulso necesario a dicha iniciativa[27].

Después de cuatro meses, en febrero de 2020, el Ministerio de Justicia y la CSJ volvieron a convocar a la reunión interinstitucional entre autoridades del Estado paraguayo, pero no fue invitado el MNP. Esta fue la última reunión a estos efectos[28].

Por otro lado, en el 2017, se aprobó la Ley N.º 5863 «Que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control», que habilitaba el uso de las pulseras/tobilleras u otro aparato electrónico para el control del cumplimiento de medidas alternativas a la prisión preventiva. Posterior a la masacre de San Pedro, en septiembre de 2019[29], se volvió a modificar esta ley porque la misma era cuestionada con relación a la autoridad que debía administrar su uso y control.

En el mismo sentido, en junio de 2020[30], se aprobó una ley que habilitaba la posibilidad del uso de tobilleras/pulseras u otro implemento electrónico como alternativa a la prisión preventiva en casos de violencia familiar. Pero, más de un año después, se sigue debatiendo sobre su uso y hasta la fecha no ha sido implementada siquiera como prueba piloto[31].

La CSJ, en marzo de 2021, también ha intentado reducir el uso de la prisión preventiva[32], dictando una Acordada que fija directrices para los jueces y juezas penales de Garantías en este sentido. No obstante, no ha contribuido a la reducción de este crecimiento.

Eje II: «Infraestructura y necesidades básicas»[33]

En el marco del Examen Periódico Universal[34], el Estado informó al Consejo de Derechos Humanos que, a partir de la declaración de la situación de emergencia de la infraestructura de los establecimientos penitenciarios[35], se pudieron acelerar los procesos administrativos. Esto se tradujo en:

  • duplicación de capacidad de penitenciarías en las penitenciarías regionales de San Pedro, Concepción, Pedro Juan Caballero, Misiones y Encarnación (1.700 nuevas plazas);
  • mejoramiento de infraestructura en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, Penitenciaría «Padre Antonio de la Vega», penitenciarías regionales de Pedro Juan Caballero, Misiones, Encarnación, Concepción, Coronel Oviedo, y Centro Educativo Villarrica;
  • construcción de nuevos pabellones, incrementando 400 plazas (Penitenciaría Regional de San Pedro);
  • mantenimiento y reparación de pabellones; y
  • construcción en curso de dos establecimientos para personas privadas de libertad con condena en Emboscada y uno en Minga Guazú (capacidad de 3.960 plazas[36]), y estándares de accesibilidad para personas con discapacidad, con habilitación prevista este año[37].

Con relación a este último punto, el costo total de la adjudicación de las tres penitenciarías es de Gs. 192.423.842.010 (USD 34.361.400[38]) y fueron adjudicadas en junio de 2019[39].

Según la información recibida[40], las nuevas penitenciarías tendrán 8 módulos, de los cuales 7 serán destinados a régimen cerrado ordinario y un módulo de régimen especial de seguridad. Los módulos para alojamiento ordinario tendrán 55 celdas con 12,95 m2, preparadas para alojar a 3 personas en cada una de ellas. Las celdas de los módulos de seguridad tienen 5,40 m2 y contarán con 80 celdas individuales. Conforme a estas referencias, según el Ministerio de Justicia, la capacidad de cada una de las penitenciarías en construcción es de 1.235 y, en total, se habilitarían cupos para 3.705 personas.

En este sentido, cabe destacar que el estándar mínimo para el alojamiento de una persona es de 7 m2, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)[41]. El Ministerio de Justicia utiliza un estándar de 3,40 m2, mencionado por la Cruz Roja Internacional[42]. Sin embargo, es el mínimo de la Corte IDH el que podría generar responsabilidades internacionales al Estado paraguayo, además de ser un estándar que eleva el nivel de protección de derechos humanos de las personas privadas de libertad.

En cada penitenciaría se proyecta instalar 4 aulas educativas, 2 de informática y 3 talleres de manualidades. Aunque no se ha brindado información sobre sus dimensiones, se podría inferir que 9 espacios para desarrollo de actividades de reinserción para 1.235 personas —considerando inclusive que estas se puedan dar en distintos turnos— resultarían insuficientes[43], sobre todo teniendo en cuenta que el modelo que se busca instalar es el de «ocio cero estricto»[44].

Según las respuestas del Ministerio de Justicia, estos centros penitenciarios serán para albergar exclusivamente a personas condenadas, con excepción de los sectores de seguridad especiales. Sin embargo, la actual ministra de Justicia, la abogada Cecilia Pérez, ha brindado en distintos momentos declaraciones[45] que contradicen estas afirmaciones. Ella ha mencionado que las nuevas penitenciarías servirán para recibir a las personas privadas de libertad cuando se cierre Tacumbú, siendo que la gran mayoría de las personas privadas de libertad en dicho lugar son prevenidas.

Esta contradicción permite deducir que no existe claridad con relación a la utilización de las nuevas penitenciarías y que las mismas van a responder, probablemente, a las situaciones coyunturales que se vayan presentando, no a un plan específico y estricto.

Asimismo, en distintos momentos se ha insistido sobre la necesidad de cerrar los centros penitenciarios con mayores problemas de manejo y corrupción en el sistema, respondiendo a las situaciones coyunturales[46], como si el cierre del lugar solucionara problemas de corrupción de los funcionarios y funcionarias o si el edificio en sí sea el problema.

A propósito de las nuevas construcciones, preocupa que, con relación a los módulos de seguridad especiales, la información remitida no habla de espacios de recreación o patio, sino de sector de «asoleamiento». Si bien es entendible la necesidad de espacios de seguridad especiales, esto no debe significar el encierro en una celda privada 24 o 22 horas al día, lo cual podría considerarse como un régimen de aislamiento prolongado[47], por más que existan momentos de «asoleamiento» en espacios reducidos. A este respecto, se debe tener en cuenta lo dicho ya en su momento por el Relator de la cuestión de la Tortura[48], quien ha afirmado que el aislamiento prolongado puede producir daños severos[49] y constituiría una violación al artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos[50].

Las nuevas construcciones, y no solo las nuevas penitenciarías[51], ya se construyen sin la posibilidad de cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos. Esto ya fue advertido por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en su informe del 2018[52].

En el mismo sentido, las Reglas de Mandela recomiendan que —como máximo— las penitenciarías deben alojar hasta 500 personas[53].

Según la información remitida por el Estado, en los últimos años se han creado 2.100 plazas nuevas (refacciones y construcciones de pabellones nuevos), más las 3.705 plazas en los nuevos penales, lo que significaría 5.805 plazas nuevas, todas en establecimientos de régimen cerrado. La única institución establecida en los últimos años con un régimen diferencial o semiabierto es el Centro Penitenciario Semiabierto «Nueva Oportunidad», cuya capacidad es para 11 mujeres. En síntesis, se crearon 5.805 plazas en regímenes cerrados y estrictos de seguridad y 11 en regímenes semiabiertos.

Eje III: «Servicio penitenciario»

Con relación a este eje, se puede verificar que fue instalado el Centro de Estudios Penitenciarios en el año 2014 y en el 2015 se instituyó la Carrera del Servicio Civil Penitenciario[54]. El centro funciona formando agentes penitenciarios y funcionarios para las cárceles y los centros educativos. En el 2021, el Ministerio de Justicia anunció, como una novedad, la creación del Instituto Técnico Superior Penitenciario (ITSP), que cumpliría las mismas funciones del Centro de Estudios Penitenciarios que funciona desde el 2014. Aun cuando existe un cambio de exigencia y reconocimiento de la carrera, el cambio no es necesariamente significativo o demasiado novedoso frente a la importantísima crisis que vive el sistema penitenciario.

De acuerdo con la información proporcionada[55], en su totalidad, nuevos(as) agentes y funcionarios(as) de las nuevas penitenciarías deberán estar matriculados(as) en la Tecnicatura Superior en el ITSP, y su continuidad estará sujeta no solo al desempeño en el establecimiento, sino a la aprobación de las materias de la malla curricular. Se entiende que no necesariamente deben terminar la tecnicatura para iniciar sus labores en los nuevos centros penitenciarios, sino que la exigencia es estar matriculados para empezar. En el informe provisto no se especifica cuál será —además de la mencionada— la exigencia para el inicio de los trabajos en los centros nuevos (por ejemplo, culminar un mínimo de materias de la tecnicatura o similar).

Asimismo, se puede inferir que no todos los y las funcionarios(as) de las nuevas penitenciarías serán egresados(as) de este proceso de formación —lo cual garantizaría, aunque mínimamente, la posibilidad de esperar mejores prácticas en el manejo cotidiano—, sino que cabe la posibilidad de reasignar a antiguos funcionarios del Ministerio de Justicia en las edificaciones a inaugurarse próximamente, en tareas hoy permeadas por sus actuales vicios y problemas. Vale decir, trasladarlos a nuevos espacios no garantizará una reconversión en materia de perniciosas prácticas actuales.

Es importante destacar, igualmente, que después de aproximadamente 3 años de la adjudicación de las licitaciones, se iniciará en noviembre de 2021 la selección y capacitación de funcionarios y funcionarias penitenciarios y de reinserción social[56].

Eje IV: «Reinserción social»

Finalmente, según el informe del Estado, en el Eje IV se vienen impulsando programas de educación y capacitación orientados a la reinserción de personas privadas de libertad.

Según la información remitida por la Dirección de Bienestar y Reinserción Social[57], 1.441 personas privadas de libertad realizaron en el 2020 la Educación Escolar Básica (1.244 eran hombres y 197 mujeres). Esto representa el 10,4% de la población total, el 9,5% de la población masculina y el 26,5% del total de la población femenina. Con relación a la Educación Escolar Media, son 395 personas (2,8% del total de la población), siendo 316 hombres y 79 mujeres, representando el 2,4% y el 10,6%, respectivamente. En cuanto a los procesos de alfabetización, fueron 138 personas (1%) las que realizaron estos cursos (97 hombres y 41 mujeres: el 7,4% de la población total de hombres y el 5,5% del total de la población de mujeres). Adicionalmente, en el 2020, 112 personas privadas de libertad realizaron estudios universitarios (0,8%). De estas 55 fueron mujeres y 57 hombres, lo que representa el 7,4% del total de la población femenina y el 0,4% del total de la masculina.

Se puede concluir que el 15% de la población penitenciaria recibió educación formal en el 2020. En el caso de los hombres, el 13% del total de la población masculina y en el de las mujeres, el 50% del total de población femenina privada de libertad.

En el primer trimestre del año 2021, solo 1.050 personas privadas de libertad se encontraban efectuando educación formal dentro de los recintos penitenciarios, y 75 realizaban o continuaban con sus carreras universitarias. Esto representaba, a marzo de 2021[58], el 7,3% de la población total.

Con relación a los procesos de formación y capacitación, se informó que en el 2020 fueron capacitadas en total 578 personas privadas de libertad (130 fueron mujeres y 448 hombres). Esto representa el 4% de la población penitenciaria total, y el 27,5% del total de las mujeres privadas de libertad y el 3,4% de la masculina.

Fueron 23 los cursos desarrollados por el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP). Entre los cursos llevados a cabo en las penitenciarías de hombres figuran: refrigeración básica, fontanería, panadería y confitería, electricidad domiciliaria. La oferta de cursos para las mujeres fue: manicura y pedicura, maquillaje y cosmetología, cocina y repostería, entre otros.

Son 170 las personas privadas de libertad capacitadas por otras personas privadas de libertad. De estas, 130 mujeres fueron capacitadas en manualidades, pintura en tela y corte y confección. Los 40 hombres capacitados recibieron capacitación en liderazgo (15), deportes mentales (12) y peluquería (13).

Se informó que, durante el año 2021, 458 personas en distintas penitenciarías realizaban procesos de capacitación.

Con relación al trabajo durante el 2021, 1.781 personas privadas de libertad (12,4%) hacían trabajos independientes[59] dentro de los penales y 48 (0,33%) lo realizaban en las empresas instaladas o que tercerizan trabajos en las cárceles. La marca penitenciaria MUA emplea a 11 mujeres privadas de libertad (0,07%). Es importante resaltar el gran aporte que en este sentido está impulsando la plataforma Latente, que ofrece a la venta los trabajos independientes realizados por personas privadas de libertad al público en general. Además, se organizan ferias para el efecto.

En el mismo documento, el Ministerio de Justicia informa que 7.291 personas son partícipes de actividades deportivas, culturales o religiosas en los penales. En algunas instituciones se verifica que toda la población —o la gran mayoría— es beneficiaria porque la cancha de fútbol se encuentra en el medio del predio (Emboscada). Además, dentro de este número están incluidas todas las personas privadas de libertad que se hallan en pabellones religiosos.

Los datos expuestos hablan por sí solos sobre el esfuerzo o el impulso que están recibiendo los procesos de formación y capacitación para la reinserción de las personas privadas de libertad. La situación actual y la «inversión» realizada en este eje ponen un importante manto de duda a las constantes declaraciones con relación a que la reforma penitenciaria se basa en la reinserción[60]. Los rubros dedicados a contratación de servicios de capacitación y las transferencias y/o aportes a organizaciones que puedan ayudar en el ámbito de la formación y reinserción bajaron todos en cuanto a montos, mostrando bajos niveles de ejecución (menos del 10% a septiembre del 2021).

Por otro lado, genera preocupación que el presupuesto 2022 del Ministerio de Justicia sea relativamente estable en montos globales, atendiendo a que en ese año se pondrán en funcionamiento tres establecimientos nuevos, que —primero— necesitan personal capacitado y —segundo— una inversión en costos fijos de mantenimiento, agua, luz, etc. Esto podría desencadenar en recortes de algunos rubros a expensas de otros y, por otro lado, que no haya habido modificaciones consecuentes en cuanto a la inversión para mejorar las condiciones de vida y las acciones tendientes hacia la reinserción.

Muertes bajo custodia

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura presentó en diciembre de 2020 el informe titulado Muertes bajo custodia. Registro Nacional de personas fallecidas en instituciones de privación de libertad 2013-2020[61]. El mismo recoge, clasifica y analiza la cantidad de muertes que se produjeron en el sistema penitenciario y el sistema de privación de libertad de adolescentes en el periodo 2013-2020.

Este trabajo registró 392 muertes en los establecimientos de encierro. Entre estas, el 88% fueron por omisión en la posición de garante del derecho a la salud y por omisión en la posición de garante en las medidas de seguridad preventivas de la violencia entre personas privadas de libertad. Es decir, ocurrieron por falta de atención a la salud o por violencia entre personas privadas de libertad.

Del total de fallecimientos, 379 eran hombres, 12 mujeres y 1 persona trans. En el caso de las mujeres, 6 de las 12 fallecieron por cuestiones relacionadas al derecho a la salud, 5 por falta de medidas de prevención frente a suicidios y 1 por falta de medidas de prevención ante siniestros/incendios.

De las 376 muertes clasificables en las categorías construidas por el informe (tabla 3), 221 (58,8%) están relacionadas a cuestiones de salud. En contextos de violencia y falta de medidas de seguridad se produjeron 110 (29,3%). En siniestros ante la falta de medidas de prevención fallecieron 18 personas (4,8%). Cinco personas (1,3%) fallecieron por uso de la fuerza letal por parte de agentes penitenciarios. Dos muertes (0,5%) se produjeron por falta en la posición de garante frente a situaciones de huelga de hambre; y, finalmente, 20 personas (5,3%) fallecieron ante la omisión del Estado en su posición de garante en la prevención de suicidios.

Tabla 3. Muertes en custodia del Estado en cárceles y centros educativos. Por categoría de responsabilidad estatal, 2013 al 2020

Categorías por responsabilidad estatal

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

Total general

1. Omisión en la posición de garante del derecho a la salud

16

23

36

25

33

37

29

22

221

2. Omisión en la posición de garante en las medidas de seguridad preventiva de la violencia entre personas privadas de libertad

2

8

9

15

17

14

35

10

110

3. Omisión en la posición de garante en la prevención de siniestros

0

3

1

7

6

0

1

0

18

4. Uso de la fuerza letal por parte de agentes penitenciarios

0

2

2

0

0

0

1

0

5

5. Omisión en la posición de garante ante situaciones de huelga de hambre

1

0

1

0

0

0

0

0

2

6. Omisión en la posición de garante ante suicidios y lesiones autoinfligidas

2

4

1

3

2

5

3

0

20

Total general

21

40

50

50

58

56

69

32

376

Sin datos

1

3

2

2

2

2

1

3

16

Fuente: MNP.

 

Con 145 muertes, Tacumbú encabeza la lista de instituciones con mayor cantidad de fallecimientos. Le siguen Ciudad del Este con 31 muertes y el Centro de Rehabilitación Social (CERESO) de Itapúa, con 29. Las penitenciarías de Coronel Oviedo con 26, Misiones con 25, San Pedro con 24 y Pedro Juan Caballero con 19 son las que más muertes registran. El Centro Penitenciario para Mujeres «Casa del Buen Pastor» registra 10 muertes bajo custodia.

Todas estas, a excepción de la Penitenciaría de San Pedro y el Buen Pastor, superaban la cantidad de 1.000 personas en los últimos años.

Casos ocurridos en 2021

Masacre de Tacumbú[62]

El 16 de febrero de 2021, personas privadas de libertad tomaron de rehenes a 18 guardias penitenciarios y realizaron una acción de protesta, ejerciendo el control en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, que alberga la mayor cantidad de personas del sistema penitenciario, desde 2.000 hasta 4.100 personas en sus momentos más críticos.

Las personas privadas de libertad exigían la presencia de la ministra de Justicia, quien —varias horas después— se presentó en el lugar, logrando destrabar la situación. Aparentemente, las acciones se iniciaron por el traslado de una persona privada de libertad que manejaba una cantina y sería también proveedora de drogas y otras sustancias.

El hecho duró casi 24 horas y fueron asesinadas 7 personas privadas de libertad, 3 de ellas decapitadas. Los participantes en la acción fueron vinculados a una de las organizaciones criminales que gobiernan el sistema penitenciario, el Clan Rotela.

El Ministerio Público imputó al líder del Clan Rotela y 10 personas más como responsables del motín y de los homicidios cometidos durante el mismo[63]. No se profundizó sobre las posibles responsabilidades penales de las autoridades.

Tacumbú: la punta del iceberg de un sistema corrompido

A lo largo de este periodo de estudio se han producido varias situaciones delicadas en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú: amenazas de motines[64], muertes violentas[65], incautaciones de drogas[66], riñas de gallos[67], hundimientos estructurales o túneles para intentos de fuga[68], incautaciones de bombas molotov y objetos punzantes[69], procesamiento de presuntos estafadores[70].

Desde julio de 2020, a raíz del documental de HBO sobre Tacumbú, de la serie Inside World’s Toughest Prisons, conducido por Raphael Rowe[71], las crónicas y los ojos se concentraron en lo que ocurre en este establecimiento penitenciario.

Estas situaciones presentan a Tacumbú como un lugar singular, si se quiere diferente a todo el sistema penitenciario. Nada más equivocado que eso. Tacumbú es la punta del iceberg de un sistema corrompido en toda su dimensión, cuya norma para su administración es el manejo económico y mafioso.

Pese a que han sido varias las situaciones graves ocurridas en el recinto, no es más que una parte de lo que sucede en todo el sistema, en mayor medida, pero no diferente.

Han existido muertes violentas[72], acciones de protesta, intentos de fuga y otras circunstancias[73] graves en otros penales. La clave gira en torno al control efectivo que ejercen las organizaciones criminales, como Primer Comando Capital, Comando Vermelho y Clan Rotela que, además, se fortalecen con el crecimiento de la población penitenciaria, el hacinamiento y las pésimas condiciones de detención.

Celdas VIP

En octubre de 2021, posterior al asesinato de cuatro personas en Pedro Juan Caballero, se realizó un allanamiento en la Penitenciaría Regional de Pedro Juan Caballero[74]. Ahí se verificó que el supuesto autor intelectual del asesinato se encontraba alojado en lo que se conoce como una celda VIP o privilegiada.

Desde el Ministerio de Justicia se manifestaron sorprendidos por la existencia de celdas VIP en el penal. Sin embargo, esta situación se repite en todas las penitenciarías del país y se ha hecho visible desde hace varios años. Inclusive, la actual ministra de Justicia fue nombrada viceministra de Política Criminal después de un incidente relacionado a celdas VIP en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú[75].

Cuando salta de nuevo el tema, surgen las mismas reacciones[76] que en años anteriores: cambio de director del penal y del director de establecimientos penitenciarios, amenazas de cierre de la penitenciaría y promesa de desmantelamiento de las celdas VIP y fin de los privilegios.

Conclusiones

El manejo de la emergencia sanitaria en el sistema penitenciario es satisfactorio y el impacto del COVID-19 ha sido menor de lo que se podría haber previsto, debido a las pésimas condiciones de detención y al hacinamiento crítico existente en el sistema.

En contrapartida, se verifica que no se ha respetado la priorización marcada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social con relación a la vacunación. Algunas de las regiones sanitarias, lejos de cumplir con las directrices del Ministerio, han presentado dificultades para el avance de la vacunación. De esta forma, el nivel de vacunación de la población privada de libertad es muy bajo. Además, no se han realizado campañas de concientización dentro de los establecimientos penitenciarios para poder avanzar en los procesos de vacunación.

El proceso de reforma penitenciaria, que data del 2014 y se presenta ahora como un plan de reforma penitenciaria diferente o profundo, se verifica, sin embargo, que se ha concentrado en la construcción de infraestructura, que no está acorde con los estándares de derechos humanos.

El proceso de análisis y desarrollo de la reforma no ha tenido participación de otras instituciones del Estado (MNP, Ministerio de la Defensa Pública, Defensoría del Pueblo) y/u organizaciones de la sociedad civil para que las mismas puedan aportar al proceso. Las nuevas iniciativas no han podido ser analizadas por los órganos de control, como el MNP, por ejemplo.

Prueba de ello es que la conformación de la Mesa de Trabajo del Nuevo Modelo Penitenciario, establecida el 31 de diciembre de 2020[77], solo haya estado conformada por directores y funcionarios del Ministerio de Justicia.

En los últimos meses se presenta como novedad importante la participación de un periodista/documentalista como partícipe de la reforma penitenciaria. Es seguro que una personalidad famosa podrá colaborar en el proceso, pero no es menos cierto que si el Ministerio de Justicia sigue sin escuchar a la sociedad civil, las instituciones nacionales e internacionales de derechos humanos, la reforma anunciada seguirá el mismo camino del fracaso que transita hoy.

Los cambios de infraestructura, las declaraciones de emergencia, inclusive los cambios legislativos en respuesta a situaciones coyunturales, sin un debate profundo para lograr cambios estructurales y sin la claridad necesaria para abordar los problemas de fondo, no lograrán reformar el sistema penitenciario como urge hacerlo.

El impulso aparente, los cambios de etiqueta de medidas similares y la escasísima inversión en reinserción y tratamiento, que generalmente depende de organizaciones externas como Iglesias y otros, siguen siendo la constante en los últimos años.

Las oportunidades perdidas, tanto durante la Cumbre de poderes del Estado como durante la pandemia, donde existía un terreno fértil para abrir las discusiones sobre los problemas de fondo de la situación penitenciaria y la intervención de las organizaciones criminales, han sido desaprovechadas, y la situación viene agravándose, hasta tornarse inmanejable para las autoridades.

La posición del Estado, y en concreto del Ministerio de Justicia, frente a los informes y las recomendaciones internacionales y nacionales de derechos humanos ha impedido el avance de procesos de cambio dentro del sistema. Los problemas son generalmente recurrentes y se obvian recomendaciones, al considerar estos informes de derechos humanos como amenazas y no como oportunidades o insumos técnicos para forzar las reformas necesarias.

Un diálogo amplio y franco, que considere las variadas recomendaciones internacionales y nacionales, que analice a fondo el crecimiento de la población penitenciaria, desarrolle acciones de prevención de hechos punibles, que aborde toda la dimensión del problema con efectiva voluntad política y estricto respeto de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, es el único camino para reencauzar o reiniciar un proceso de reforma penitenciaria que tiene muy poco de profundidad.

Recomendaciones

  • Acelerar y asegurar la finalización de los ciclos de vacunación de las personas privadas de libertad en todas las instituciones a cargo del Ministerio de Justicia, implementando campañas de concientización dirigidas a la población penitenciaria a los efectos de disipar las dudas y los cuestionamientos sobre la misma.
  • Realizar las acciones presupuestarias necesarias para sostener la ampliación de profesionales de la salud en el sistema penitenciario, buscando que estos(as) pasen al plantel permanente de los servicios de salud.
  • Reactivar la Cumbre de poderes del Estado e instituciones vinculadas al sistema penal y derechos humanos, a fin de trabajar en profundidad en los cambios o procesos de reforma del sistema penitenciario. En este espacio, definir una agenda macro, identificando los temas centrales de trabajo y los actores a participar.
  • Generar espacios de participación de la sociedad civil y las instituciones nacionales de derechos humanos para que estas contribuyan activamente en el proceso de análisis, reelaboración y puesta en práctica de un plan de reforma penitenciaria profunda acorde a los estándares de derechos humanos.
  • Adecuar las instalaciones de las nuevas penitenciarías a los estándares de derechos humanos de la Corte IDH.
  • Avanzar en el cumplimiento de las recomendaciones del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura realizadas en el informe Muertes bajo custodia. Registro Nacional de personas fallecidas en instituciones de privación de libertad 2013-2020.

  1. Ximena López, «Una crisis dentro de otra», en Derechos Humanos en Paraguay 2020 (Asunción: Codehupy, 2020), 359.

  2. Resolución N.º 250 de fecha 11 de marzo de 2020; Resolución N.º 267 del 16 de marzo de 2020; Resolución N.º 276 del 18 de marzo de 2020; Resolución N.º 295 de fecha 26 de marzo de 2020, entre otras.

  3. Reforzar las medidas de higiene, la obligación de divulgar y generar conciencia sobre estas medidas previstas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) y la colocación de carteles en lugares visibles para concientizar sobre la importancia de cumplir las indicaciones de limpieza y cuidado para evitar contagios. Posteriormente se decretó la prohibición total del ingreso de visitas de cualquier tipo. Además, se establecieron pautas para el ingreso del personal, que implicaban el control de temperatura, el lavado de manos, brazos y rostro con agua y jabón, así como la obligación de utilizar el uniforme únicamente dentro de los centros penitenciarios y educativos, disponiendo el traslado de estos en bolsas cerradas para evitar la exposición de la indumentaria. Se reguló asimismo con relación al ingreso de mercaderías/encomiendas. López, «Una crisis…», 364-365.

  4. Resolución N.º 295 del 26 de marzo de 2020, modificada por la Resolución N.º 185 del 11 de marzo de 2021, en la que se establecían mayores requisitos para declarar el cierre epidemiológico.

  5. Información remitida por la Dirección de Salud Penitenciaria del Ministerio de Justicia en fecha 24 de septiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/46805

  6. Información remitida por la Dirección de Salud Penitenciaria del Ministerio de Justicia en fecha 24 de septiembre de 2021. «Solicitud #46805, Medidas sanitarias, casos detectados y muertes por COVID-19», Portal Unificado de Información Pública, acceso el 21 de octubre de 2021, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/46805

  7. Plan de vacunación disponible para descarga: https://www.vacunate.gov.py/index-plan-vacunacion.html

  8. Información remitida por el MSPBS en fecha 6 de octubre de 2021. «Solicitud #47038, Cantidad de vacunas contra el Covid aplicadas a personas privadas de libertad», Portal Unificado de Información Pública, acceso el 21 de octubre de 2021, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/47038. «Personas privadas de libertad con comorbilidades ya son vacunadas contra el Covid-19», Última Hora, 7 de julio de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/personas-privadas-libertad-comorbilidades-ya-son-vacunadas-contra-el-covid-19-n2949897.html

  9. «Agentes penitenciarios y educadores participaron en jornada de vacunación», Ministerio de Justicia, 12 de julio de 2021, acceso el 1 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/agentes-penitenciarios-y-educadores-participaron-en-jornada-de-vacunacion

  10. «Covid: Inició vacunación de la población penitenciaria», Ministerio de Justicia, 23 de julio de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/covid-inicio-vacunacion-de-la-poblacion-penitenciaria

  11. Reporte diario del 15 de octubre de 2021. Programa Ampliado de Inmunizaciones del Paraguay, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, acceso el 21 de octubre de 2021, https://pai.mspbs.gov.py/reporte-diario/ Este es un registro que se actualiza diariamente.

  12. «Proyecciones de población nacional, áreas urbana y rural, por sexo y edad, PARAGUAY 2021», Instituto Nacional de Estadística, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ine.gov.py/Publicaciones/Biblioteca/documento/7eb5_Paraguay_2021.pdf

  13. Información remitida por el Ministerio de Justicia en fecha 8 de octubre de 2021. «Solicitud #47034, Cantidad de vacunas contra el Covid aplicadas», Portal Unificado de Información Pública, acceso el 21 de octubre de 2021, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/47034

  14. Los datos presentados por el MNP en el 2019 daban cuenta de una importante insuficiencia de personal de blanco para la atención de la salud. Datos del MNP de 2019: el sistema penitenciario contaba en ese momento con 47 profesionales médicos, 200 profesionales de enfermería, 6 psiquiatras y 108 profesionales de psicología.

    MNP, Anuario estadístico de personas privadas de libertad en la República del Paraguay 2019 (Asunción: MNP, 2020).

  15. Datos estadísticos del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, septiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/investigacion-social/2015-08-23-04-10-39/Estad%C3%ADsticas/Personas-privadas-de-libertad-en-Paraguay—Setiembre-2021/

  16. Sobrepoblación crítica: es la situación en que la densidad penitenciaria es igual a 120 o más, utilizando una definición adoptada por el Comité Europeo para los Problemas Criminales. El Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD) utiliza también el concepto de hacinamiento como sinónimo de sobrepoblación crítica. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Pabellón la bronca. Índice de ocupación de instituciones de privación de libertad de la República del Paraguay (Asunción: Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, 2018), 9.

  17. Datos estadísticos del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), Personas privadas de libertad en Paraguay – Dirección de investigación – Setiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/investigacion-social/2015-08-23-04-10-39/Estad%C3%ADsticas/Personas-privadas-de-libertad-en-Paraguay—Setiembre-2021/

  18. Informe de seguimiento a las observaciones finales del Comité contrala Tortura sobre el VII informe periódico de la República del Paraguay (CAT/C/PRY/7), párrafo 11 y siguientes, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.mre.gov.py/SimorePlus/Adjuntos/Informes/Informe%20de%20Seguimiento%20CAT%20-%20OF%20VII%20PRY.pdf

  19. Ibidem.

  20. Ibidem.

  21. Datos estadísticos del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, septiembre de 2021.

    Ministerio de Justicia, Observatorio de Política Criminal, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/areas-tematicas/observario-de-politica-criminal

  22. «Hechos punibles disminuyeron en el primer semestre del año, según la Policía», Última Hora, 4 de agosto de 2020, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/hechos-punibles-disminuyeron-el-primer-semestre-del-ano-segun-la-policia-n2898246.html. «Hechos delictivos disminuyeron entre julio y setiembre, según Policía Nacional», Última Hora, 25 de octubre de 2020, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/hechos-delictivos-disminuyeron-julio-y-setiembre-segun-policia-n2910965.html

  23. «Comisarías se reinventan modo covid y funcionan como cárceles», Última Hora, 10 de mayo de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/comisarias-se-reinventan-modo-covid-y-funcionan-como-carceles-n2940086.html

  24. «Nueve fallecidos deja motín en cárcel de San Pedro», Última Hora, 16 de junio de 2019, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/9-fallecidos-deja-motin-carcel-san-pedro-n2826069.html

  25. «Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura urge avanzar en cumbre de poderes sobre crisis penitenciaria», Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, 19 de junio de 2019, acceso el 21 de octubre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/comunicacion/2015-08-23-04-11-31/99-mecanismo-nacional-de-prevencion-de-la-tortura-urge-avanzar-en-cumbre-de-poderes-sobre-crisis-penitenciaria. «Anuncian cumbre de poderes para analizar sistema penitenciario», Paraguay TV, 19 de junio de 2019, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.paraguaytv.gov.py/anuncian-cumbre-de-poderes-para-analizar-sistema-penitenciario/

  26. «Ejecutivo promulgará cambios aplicados a legislación penal», Última Hora, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/ejecutivo-promulgara-cambios-aplicados-legislacion-penal-n2832199.html

  27. «Ante la crisis penitenciaria, plantean reactivar la cumbre de poderes», La Nación, 10 de febrero de 2020, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.lanacion.com.py/pais/2020/02/10/ante-crisis-penitenciaria-plantean-reactivar-cumbre-de-poderes/. «Tras masacre en Tacumbú, Mecanismo de Prevención de la Tortura plantea “Cumbre de Poderes”», ABC Color, 19 de febrero de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/nacionales/2021/02/19/tras-masacre-en-tacumbu-mecanismo-de-prevencion-de-la-tortura-plantea-cumbre-de-poderes/

  28. «Reactivan mesa de crisis penitenciaria con relevamiento de datos de personas con prisión preventiva», Agencia de Noticias Paraguay – IP, 17 de febrero de 2020, acceso el 1 de noviembre de 2021, https://www.ip.gov.py/ip/reactivan-mesa-de-crisis-penitenciaria-con-relevamiento-de-datos-de-personas-con-prision-preventiva/

  29. Ley N.º 6345 del 10 de julio de 2019 «Que modifica el artículo 7º numeral 1º y deroga el artículo 11 de la Ley N.º 5863/17 “Que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control”», Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.bacn.gov.py/descarga/9525/LEY6345.pdf

  30. Ley N.º 6568 del 26 de junio de 2020, que «Modifica el artículo 2° de la Ley N.º 1600/2000 “Contra la violencia doméstica”», Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.bacn.gov.py/archivos/9284/LEY%206568.pdf

  31. «Plan apunta al uso de grilletes electrónicos para caos de violencia contra la mujer», Última Hora, 20 de abril de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/plan-apunta-al-uso-grilletes-electronicos-casos-violencia-contra-la-mujer-n2936955.html

  32. «Acordada por la cual se señala la necesidad de aplicar la prisión preventiva en forma excepcional», Poder Judicial, 31 de marzo de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.pj.gov.py/notas/20053-acordada-por-la-cual-se-senala-la-necesidad-de-aplicar-la-prision-preventiva-en-forma-excepcional

  33. Ibidem 18.

  34. Como resultado del Examen Periódico Universal, Paraguay recibió nueve recomendaciones con relación al sistema penitenciario y todas fueron aceptadas. Las recomendaciones giran en torno a implementar medidas y redoblar esfuerzos frente al hacinamiento y profundizar la reforma penitenciaria. Las recomendaciones están disponibles en: Examen Periódico Universal – Paraguay, Organizaciones de Naciones Unidas, 19 de febrero de 2021, acceso el 1 de noviembre de 2021, https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/UPR/Pages/PYindex.aspx

  35. Decreto del Poder Ejecutivo N.º 309 del 26 de septiembre de 2018 «Que declara en situación de emergencia la infraestructura de establecimientos penitenciarios». Ley N.º 6365 del 7 de septiembre de 2019, que «Declara en situación de emergencia todos los establecimientos del territorio de la República y amplía el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2019», Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.bacn.gov.py/archivos/9528/LEY%206365.pdf. Ley N.º 6705 del 30 de diciembre de 2020, que «Amplía la vigencia de la Ley N.º 6365/2019 que “Declara en situación de emergencia todos los establecimientos del territorio de la República y amplía el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2019”», Biblioteca y Archivo Central del Congreso de la Nación, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.bacn.gov.py/archivos/9465/LEY%206705.pdf

  36. Entendemos que este dato está desfasado, si lo comparamos con la información remitida el 6 de octubre de 2021, que menciona que la capacidad de las 3 penitenciarías es de 3.705. Información remitida por el Ministerio de Justicia en fecha 8 de octubre de 2021. «Solicitud #46767, Información sobre nuevas construcciones», Portal Unificado de Información Pública, acceso el 21 de octubre de 2021, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/46767

  37. Informe presentado con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución CDH 16/21 al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, párrafo 59, Ministerio de Relaciones Exteriores, Simore Plus, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.mre.gov.py/SimorePlus/Adjuntos/Informes/Informe%20Nacional%20EPU%20-%203%C2%B0%20Ciclo.pdf

  38. Dólar mayo 2018: 1 dólar = 5.600 guaraníes, aproximadamente.

  39. Adjudicación de la «Licitación 355616 – Llamado MOPC N.º 131/2018 Licitación Pública Nacional para construcción de nuevos establecimientos penitenciarios ? Ad referéndum al PGN 2019», Dirección de Contrataciones Públicas, acceso el 21 el de octubre de 2021, https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/adjudicacion/355616-llamado-mopc-n-131-2018-licitacion-publica-nacional-construccion-nuevos-estableciemi-1/resumen-adjudicacion.html

  40. Ibidem 38.

  41. Corte IDH. Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) vs. Venezuela. Sentencia del 5 de julio de 2006, párrafo 90. European Committee for the Prevention of Torture and Inhuman or Degrading Treatment or Punishment. 2nd General Report on the CPT’s activities covering the period 1 January to 31 December 1991, CPT/Inf. (92) 3 [EN], 2nd General Report, 13 April 1992, párrafo 43, acceso el 21 de octubre de 2021, https://rm.coe.int/1680696a3f

  42. Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Agua, saneamiento, higiene y hábitat en las cárceles. Guía complementaria (Ginebra: CICR, 2013), 33, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.icrc.org/es/doc/assets/files/publications/icrc-002-4083.pdf

  43. Si consideramos dos turnos, utilizarían los espacios alrededor de 60 personas por turno, haciendo una división simple entre cantidad de espacios y capacidad de alojamiento.

  44. Según la información remitida por el Ministerio de Justicia, el programa «ocio cero estricto» busca que las personas privadas de libertad estén todo el tiempo realizando actividades laborales, educativas o de capacitación fuera de sus celdas, que no cuenten con tiempo libre para el ocio. Ibidem 38.

  45. «“La idea es llegar a cerrar Tacumbú”, dice ministra de Justicia sobre construcciones de nuevas cárceles», ABC Color, 3 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/730am/periodisticamente/2020/08/03/la-idea-es-llegar-a-cerrar-tacumbu-dice-ministra-de-justicia-sobre-construccion-de-nuevas-carceles/. «Con nuevas penitenciarías, se “mudará” a reclusos de Tacumbú», La Unión R800 AM, 5 de enero de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.launion.com.py/con-nuevas-penitenciarias-se-mudara-a-reclusos-de-tacumbu-152590.html

  46. «Se interviene la Penitenciaría de PJC y se disponen medidas de seguridad», Ministerio de Justicia, 14 de octubre de 2021, acceso el 1 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/se-interviene-la-penitenciaria-de-pjc-y-se-disponen-medidas-de-seguridad. «Por seguridad y corrupción se debe cerrar Tacumbú, dice ministra de Justicia», Última Hora, 31 de julio de 2020, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/por-seguridad-y-corrupcion-se-debe-cerrar-tacumbu-dice-ministra-justicia-n2897644.html. «Justicia dispone cierre de cárcel de PJC y todos los presos del crimen organizado serán trasladados», Última Hora, 14 de octubre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/justicia-dispone-cierre-carcel-pjc-y-todos-los-presos-del-crimen-organizado-seran-trasladados-n2966500.html

  47. La Regla 43 de las Reglas de Mandela prohíbe el aislamiento prolongado (Regla 43.1.b)). La Regla 44 define aislamiento en el sistema penitenciario como el aislamiento por al menos 22 horas al día del contacto humano significativo. Además, define «aislamiento prolongado» como el uso de esta medida por más de 15 días.

  48. Informe provisional del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A/66/268. Presentado el 5 de agosto de 2011 ante la Asamblea General de Naciones Unidas en el Sexagésimo Sexto Periodo de Sesiones.

  49. «la reclusión en régimen de aislamiento es una medida severa que puede causar graves efectos negativos, psicológicos y fisiológicos a las personas, cualesquiera sean sus condiciones particulares. El Relator Especial considera que el régimen de aislamiento es contrario a uno de los objetivos esenciales del sistema penitenciario, que consiste en rehabilitar a los delincuentes y facilitar su reinserción en la sociedad. El Relator Especial define como régimen de aislamiento prolongado todo período de aislamiento superior a 15 días» [negrita en original]. Informe provisional del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A/66/268. Presentado el 5 de agosto de 2011 ante la Asamblea General de Naciones Unidas en el Sexagésimo Sexto Periodo de Sesiones, párrafo 79.

  50. «Según sea la razón específica de su aplicación, las condiciones, la duración, los efectos y otras circunstancias, el régimen de aislamiento puede equivaler a una violación del artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a un acto definido en el artículo 1 o en el artículo 16 de la Convención contra la Tortura» [negrita en original]. Informe provisional del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. A/66/268. Presentado el 5 de agosto de 2011 ante la Asamblea General de Naciones Unidas en el Sexagésimo Sexto Periodo de Sesiones, párrafo 80.

  51. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Pabellón la bronca. Índice de ocupación de instituciones de privación de libertad de la República del Paraguay (Asunción: Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, 2018), 23.

  52. Ibidem.

  53. Regla 89.3: «Es conveniente evitar que en los establecimientos penitenciarios de régimen cerrado el número de reclusos sea tan elevado que llegue a constituir un obstáculo para la individualización del tratamiento. En algunos países se considera que el número de reclusos en dichos establecimientos no debería pasar de 500. En los establecimientos de régimen abierto el número de detenidos deberá ser lo más reducido posible». Ministerio de Justicia, Reglas de Mandela. Justicia. Dignidad. Igualdad, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.derechoshumanos.gov.py/application/files/2215/2750/9201/Reglas_de_Mandela.pdf

  54. «Presidente de la República firma Decreto que crea la Carrera del Servicio Civil Penitenciario», Ministerio de Justicia, 8 de marzo de 2017, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/presidente-de-la-republica-firma-decreto-que-crea-la-carrera-del-servicio-civil-penitenciario

  55. Información remitida por el Ministerio de Justicia en fecha 8 de octubre de 2021. Ibidem 38.

  56. «600 quieren ser agentes penitenciarios», Última Hora, 6 de octubre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/600-quieren-ser-agentes-penitenciarios-n2964953.html

  57. Información remitida por el Ministerio de Justicia en fecha 24 de septiembre de 2021. «Solicitud #46854. Informe sobre educación y proyectos de reinserción, acceso el 21 de octubre de 2021, Portal Unificado de Información Pública, https://informacionpublica.paraguay.gov.py/portal/#!/ciudadano/solicitud/46854

  58. 14.305 personas, según los datos estadísticos del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura – Marzo de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/repository/informes-de-monitoreo-y-seguimiento/albergue-sanitario/Estad%C3%ADsticas/Personas-privadas-de-libertad-en-Paraguay—Marzo-2021/

  59. Se entiende por trabajos independientes a las actividades laborales y/o comerciales desarrolladas por propia iniciativa, capital y/o maquinarias de las personas privadas de libertad.

  60. Mabel Villamayor, «Cecilia Pérez: Reinserción social y nuevo modelo penitenciario», Judiciales.net, 11 de julio de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.judiciales.net/cecilia-perez-reinsercion-social-y-nuevo-modelo-penitenciario/

  61. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Muertes bajo custodia. Registro Nacional de personas fallecidas en instituciones de privación de libertad 2013-2020 (Asunción: Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, 2020), acceso el 21 de octubre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/investigacion-social/2015-08-23-04-09-46/Publicaciones/Muertes-Bajo-Custodia-2013-2020/

  62. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Informe de Intervención Penitenciaria Nacional de Tacumbú ‘Agrupación Especializada’ – N.º 03/2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, http://www.mnp.gov.py/index.php/repository/informes-de-intervencion2/Informes-de-intervenci%C3%B3n/Informe-de-Intervenci%C3%B3n-Penitenciaria-Nacional-de-Tacumbu-Agrupaci%C3%B3n-Especializada/. «Ministerio de Justicia lamenta fallecimiento de internos durante motín en Tacumbú», Ministerio de Justica, 16 de febrero de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/ministerio-de-justicia-lamenta-fallecimiento-de-internos-durante-motin-en-tacumbu. «MJ confirma hallazgo de nuevo cuerpo tras motín en Tacumbú», Ministerio de Justicia, 17 de febrero de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/mj-confirma-hallazgo-de-nuevo-cuerpo-tras-motin-en-tacumbu. «Un motín en la cárcel más grande de Paraguay deja siete muertos, tres de ellos por decapitación», El País, España, 17 de febrero de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://elpais.com/internacional/2021-02-17/un-motin-en-la-carcel-mas-grande-de-paraguay-deja-siete-muertos-tres-de-ellos-por-decapitacion.html

  63. «Once imputados por el motín y homicidios en cárcel de Tacumbú», ABC Color, 8 de octubre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/nacionales/2021/10/08/once-imputados-por-motin-y-homicidios-en-carcel-de-tacumbu/

  64. «Tensión en el penal de Tacumbú tras rumor de amotinamiento», La Nación, 20 de abril de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.lanacion.com.py/pais/2021/04/20/tension-en-el-penal-de-tacumbu-tras-rumor-de-amotinamiento/. «Tras golpe a “soldados” del clan Rotela, en Tacumbú subió la tensión», ADN Digital, 13 de septiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.adndigital.com.py/tras-golpe-a-soldados-del-clan-rotela-en-tacumbu-subio-la-tension/

  65. «Un interno pierde la vida en Tacumbú», Ministerio de Justicia, 28 de junio de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/un-interno-pierde-la-vida-en-tacumbu. «Asesinan a un interno en la cárcel de Tacumbú», ABC Color, acceso el 21 de octubre de 2021, 28 de junio de 2021, https://www.abc.com.py/nacionales/2021/06/28/asesinan-a-un-interno-en-la-carcel-de-tacumbu/. «Recluso falleció tras ser hallado inconsciente en Tacumbú», Última Hora, 25 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/recluso-fallecio-ser-hallado-inconsciente-tacumbu-n2957881.html. «Matan a golpes a un recluso en Tacumbú», La Nación, 8 de septiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.lanacion.com.py/pais/2021/09/08/matan-a-golpes-a-un-recluso-en-tacumbu/. «Heridos tras riña fueron asistidos y se encuentran fuera de peligro», Ministerio de Justicia, 15 de junio de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/heridos-tras-rina-fueron-asistidos-y-se-encuentran-fuera-de-peligro

  66. «Fallido intento de ingresar marihuana al penal de Tacumbú», Ministerio de Justicia, 2 de julio de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/fallido-intento-de-ingresar-marihuana-al-penal-de-tacumbu. «Hallan marihuana en el penal de Tacumbú», Hoy, 2 de julio de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.hoy.com.py/nacionales/hallan-marihuana-en-el-penal-de-tacumbu. «Dos hombres pretendían lanzar una mochila repleta de marihuana en Tacumbú», La Nación, 16 de septiembre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.lanacion.com.py/pais/2021/09/16/dos-hombres-pretendian-lanzar-una-mochila-repleta-de-marihuana-en-tacumbu/

  67. «Ministerio investigará “esquemas” en Tacumbú tras ingreso de gallos para peleas», ABC Color, 9 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/730am/periodisticamente/2021/08/09/ministerio-de-justicia-investigara-esquemas-en-tacumbu-tras-ingreso-de-gallos-para-peleas/

  68. «Detectan posible túnel dentro del pabellón Libertad de Tacumbú», Ministerio de Justicia, 3 de febrero de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/detectan-posible-tunel-dentro-del-pabellon-libertad-de-tacumbu. «Reporte del fin de semana: Un fallecido, requisa e intento de fuga», Ministerio de Justicia, 21 de junio de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/reporte-del-fin-de-semana-un-fallecido-requisa-e-intento-de-fuga. «Tacumbú: Túnel tenía tres ramificaciones desde distintos pabellones, según ministra de Justicia», ABC Color, 29 de marzo de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/730am/a-la-gran-730/2021/03/29/tacumbu-tunel-tenia-tres-ramificaciones-desde-distintos-pabellones-segun-ministra-de-justicia/

  69. «Incautan armas blancas en Tacumbú durante requisa», Ministerio de Justicia, 13 de mayo de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/incautan-armas-blancas-en-tacumbu-durante-requisa. «Tacumbú: Agentes Penitenciarios incautan objetos prohibidos y bombas tipo molotov», Ministerio de Justicia, 20 de abril de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/tacumbu-agentes-penitenciarios-incautan-objetos-prohibidos-y-bombas-tipo-molotov. «Incautan arma de fuego que pretendía ser ingresada dentro de Tacumbú», Ministerio de Justicia, 30 de junio de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/incautan-arma-de-fuego-que-pretendia-ser-ingresada-dentro-de-tacumbu. «Incautan en Tacumbú garrafa cargada con vino», Ministerio de Justicia, 3 de febrero de 2021, acceso el 3 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/incautan-en-tacumbu-garrafa-cargada-con-vino. «Requisan bombas molotov y armas blancas en Tacumbú», ABC Color, 20 de abril de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/tv/abc-noticias/2021/04/20/requisan-bombas-molotov-y-armas-blancas-en-tacumbu/

  70. «Desbaratan banda de estafadores que operaba en Tacumbú», Última Hora, 13 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/desbaratan-banda-presuntos-estafadores-que-operaba-tacumbu-n2955924.html

  71. El documentalista británico se encuentra colaborando con el Ministerio de Justicia en un plan de rehabilitación para personas privadas de libertad con adicción a las drogas. «Periodista inglés quiere implementar plan de rehabilitación en Tacumbú», ABC Color, 10 de octubre de 2021, acceso el 14 de octubre de 2021, https://www.lanacion.com.py/estilodevida/2021/02/19/tacumbu-en-netflix-raphael-rowe-afirma-que-volveria-a-ingresar/

  72. «Riña entre reos deja un fallecido en Penal de Misiones», Paraguay.com, 29 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://m.paraguay.com/nacionales/rina-entre-reos-deja-un-fallecido-en-penal-de-misiones-201629

    «Así murió a puñaladas una interna en el penal de Misiones», Noticias Paraguay – NPY, 11 de diciembre de 2020, acceso el 21 de octubre de 2021, https://npy.com.py/2020/12/asi-murio-a-punaladas-una-interna-en-el-penal-de-misiones/

  73. «Hallan un túnel en la celda de miembros del PCC en el Penal de Encarnación», Última Hora, 4 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/hallan-un-tunel-la-celda-miembros-del-pcc-penal-encarnacion-n2954394.html. «Abortan intento de fuga de la cárcel de Pedro Juan Caballero», Hoy, 5 de agosto de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.hoy.com.py/nacionales/abortan-intento-de-fuga-de-la-carcel-de-pedro-juan-caballero

  74. «Cuádruple crimen: Allanan celda vip en penitenciaría de Pedro Juan Caballero», Última Hora, 14 de octubre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/cuadruple-crimen-allanan-celda-vip-penitenciaria-pedro-juan-caballero-n2966466.html. «Se interviene la Penitenciaría de PJC y se disponen medidas de seguridad», Ministerio de Justicia, 14 de octubre de 2021, acceso el 4 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/se-interviene-la-penitenciaria-de-pjc-y-se-disponen-medidas-de-seguridad. «Comunicado del Ministerio de Justicia», Ministerio de Justicia, 16 de octubre de 2021, acceso el 4 de noviembre de 2021, https://www.ministeriodejusticia.gov.py/noticias/comunicado-del-ministerio-de-justicia

  75. El escándalo más reciente relacionado a celdas VIP data del 2016, cuando Jarvis Chimenes alias Pavão era también encontrado en una celda privilegiada y lujosa en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú. En ese momento, el entonces ministro de Justicia, Ever Martínez, mencionaba que iban a desmantelar todas las celdas VIP de los establecimientos penitenciarios. La actual ministra asumía como viceministra de Política Criminal un mes después (septiembre de 2016 y permanece en el cargo hasta agosto de 2018) de este incidente, por lo que es difícil considerar que ha sido una sorpresa esta situación para las autoridades del Ministerio. «Analizarán demoler celdas vip en Tacumbú», Paraguay.com, 28 de julio de 2016, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.paraguay.com/nacionales/analizaran-demoler-celdas-vip-en-tacumbu-148298

  76. «Ministra de Justicia dispone intervención de cárcel tras allanamiento a celda vip», Última Hora, 14 de octubre de 2021, acceso el 21 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/ministra-justicia-dispone-intervencion-carcel-allanamiento-celda-vip-n2966475.html

  77. Resolución del Ministerio de Justicia N.º 869 del 31 de diciembre de 2020, «Por la cual se conforma una mesa de trabajo del nuevo modelo penitenciario (MTNMP) para establecer directrices en cuanto a la gestión y funcionamiento a ser implementados en los nuevos centros penitenciarios del país».

Con nuevas cárceles y sin diálogo, avanza la «reforma penitenciaria» destinada al fracaso