Derecho a la paz y al desarme

Persiste la impunidad en zonas militarizadas

Vidal Acevedo y Karina Cuevas

Servicio Paz y Justicia, Paraguay

Palabras clave: derecho a la paz, derecho a la seguridad, derechos humanos, Fuerza de Tarea Conjunta, militarización
Citar

Acevedo, V. y Cuevas, K. (2021). Persiste la impunidad en zonas militarizadas. En Codehupy (Ed.), Derechos Humanos en Paraguay 2021 (369-382). Asunción, Paraguay: Codehupy.

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El modelo de seguridad instalado e implementado hasta el momento en Concepción, San Pedro y Amambay —donde hace ocho años rige un estado de excepción de facto— ha contribuido al fortalecimiento de una cultura plagada de violencia e incertidumbre. Con ello, los habitantes de esos territorios viven bajo la mirada permanente de la fuerza pública, bajo sospecha constante, cargando —a su vez— un enorme estigma por pertenecer a una zona en conflicto. La resistencia para cambiar de estrategia es dura y tenaz porque hay mucho dinero en juego. Y, a pesar de que la FTC ha fracasado en su objetivo, ante cada baja o muerte violenta ocurrida se instala que las fuerzas están desfinanciadas y, valiéndose del estado de conmoción, logran permanentes aumentos en sus partidas presupuestarias en lugar de invertir esos recursos con vistas a construir un genuino ambiente de paz.


Este informe parte de los antecedentes de la militarización en la zona norte, recordando la creación de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), presentando los cuestionamientos —internos y externos— a su existencia. Si bien el artículo se enfoca en la estrategia de seguridad desplegada en la zona militarizada, también cabe mencionar, al menos de manera somera, el despliegue de militares durante los controles de las medidas de confinamiento impuestas ante la pandemia del COVID-19. En el análisis se incluyen menciones sobre los casos en seguimiento y presuntos casos ocurridos. Luego de unas conclusiones en las que se resume la injustificada existencia de la FTC, se insta al Estado para un cambio de estrategia. Para esto, se presentan finalmente unas recomendaciones a fin de reencauzar los dilapidados recursos otorgados a una fallida FTC hacia prioridades que apunten al desarrollo y un ambiente de paz.

Situación del derecho

Antecedentes de la militarización de la zona norte

Origen. La presencia de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) se origina en la Ley N.º 5036/2013, que modifica los artículos 2, 3 y 56 de la Ley N.º 1337/1999 de «Defensa Nacional y Seguridad Interna». En un informe emitido en el 2021, producto de una misión de observación, la Codehupy señala que esta ley habilitó a que:

el Poder Ejecutivo pueda disponer por decreto, sin necesidad de aprobación del Congreso, el empleo operacional de elementos de combate de las fuerzas militares en acciones de seguridad interna en cuatro supuestos:

a) durante la vigencia del estado de excepción; b) frente a situaciones de extrema gravedad en que el sistema de seguridad interna resulte manifiestamente insuficiente; c) ante casos calificados como terrorismo de conformidad a la Ley N.º 4024/2010, legislación penal antiterrorista; o d) cuando existieren amenazas o acciones violentas contra las autoridades legítimamente constituidas que impidan el libre ejercicio de sus funciones constitucionales y legales[1].

Inconstitucionalidad de la Ley N.º 5036/2013. El citado informe advierte que esta colisión insalvable con la Carta Magna se da desde el momento en que se

plantea una transferencia a las fuerzas militares de competencias exclusivas de la Policía Nacional en materia de seguridad interna, que están definidas en el nivel constitucional. De acuerdo al texto de la Constitución y al contexto deliberativo de su redacción, el rol de las Fuerzas Armadas en la defensa de las autoridades legítimamente constituidas está limitado estrictamente al conflicto armado internacional y a la hipótesis bélica de una guerra civil o un golpe de Estado. De igual modo, la técnica legislativa de la Ley N.º 5036/2013 recurrió a nociones de vaguedad significativa que amplían las facultades discrecionales del Ejecutivo, a la par que limitan el control parlamentario sobre la actuación de la fuerza pública[2].

Punitivismo y militarización en pandemia. Esta intervención militar en asuntos de seguridad interna se ha visto ampliada y legitimada por la pandemia del COVID-19, con un aumento en las atribuciones de las fuerzas castrenses en el ámbito de competencia de la Policía Nacional a través de la vigilancia y otras labores humanitarias y de apoyo logístico[3]. Aparte de estas acciones públicas, en un trabajo titulado «Punitivismo y militarización en tiempos de cuarentena en Paraguay»[4], se advierte que algo preocupante es que las medidas sanitarias han sido «reforzadas» con medidas punitivistas y, en cierto sentido, excesivas o que se prestan a excesos por parte de las fuerzas públicas y que fomentan, sin dudas, el imaginario de que son las medidas punitivas las únicas que proveen el «orden». Y, frente a una población con miedo, es el miedo —a la cárcel y la intervención policial, incluso militar— el que pretende proporcionar racionalidad. Además de ello, en dicho material se pone de relieve que las medidas de confinamiento agravaron los problemas de violencia contra las mujeres, pues estas se vieron obligadas a permanecer encerradas con sus agresores por largos periodos de tiempo.

Recomendaciones y compromisos del Estado paraguayo ante el sistema internacional

Cabe destacar que el Estado paraguayo ha recibido numerosas recomendaciones durante el 38.º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, realizado del 3 al 14 de mayo de 2021, en el marco del Examen Periódico Universal (EPU)[5]. Respecto al tema tratado en el presente artículo, las recomendaciones fueron:

118.57: Investigar todos los casos de tortura, ejecución extrajudicial y desaparición forzada.

118.63: Intensificar los esfuerzos para garantizar la investigación y el enjuiciamiento de los presuntos abusos cometidos por agentes de la autoridad para poner fin a violaciones como la tortura y la detención arbitraria.

118.64: Reducir el uso de la prisión preventiva y garantizar que las condiciones de detención se ajusten a las normas internacionales.

118.65: Adoptar políticas y medidas de fomento de la capacidad y de prevención contra la detención arbitraria, la tortura y el uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes del Estado, en particular en el cumplimiento de las medidas sanitarias de lucha contra la COVID-19, y reforzar las capacidades de investigación y respuesta judicial en esos ámbitos.

118.67: Castigar las violaciones de derechos humanos cometidas por la Fuerza de Tarea Conjunta, como las ejecuciones arbitrarias, el uso abusivo de la fuerza letal y la tortura.

118.69: Avanzar sin demora y de manera imparcial en la investigación del asesinato, el 2 de septiembre de 2020, de dos niñas argentinas de 11 años en el marco del operativo de la Fuerza de Tarea Conjunta. Para ello, la Argentina reitera su ofrecimiento de hacer uso de la experiencia del Equipo Argentino de Antropología Forense, reconocido internacionalmente por la seriedad de su trabajo, a fin de esclarecer los hechos.

118.72: Intensificar sus esfuerzos para erradicar todas las formas de injerencia en el poder judicial por parte de los demás poderes.

118.73: Reforzar el sistema judicial, especialmente en el ámbito de la jurisdicción penal con miras a, entre otras cosas, acabar con el retraso de casos acumulados.

118.74: Realizar esfuerzos eficaces para seguir reforzando la administración de justicia.

118.75: Continuar con los esfuerzos para reforzar la independencia del poder judicial mediante medidas concretas y transparentes.

En contrapartida, durante el 48.º periodo de sesiones, realizado entre el 13 de septiembre y 1 de octubre de 2021, Paraguay ha expresado su consentimiento en obligarse en la gran mayoría de las recomendaciones, salvo algunas. Entre ellas, rechazó el ofrecimiento de Argentina de aportar un equipo forense en el caso de la investigación de las niñas argentinas muertas en Yby Yaú en el 2020 durante un procedimiento de la FTC, y aceptó parcialmente la recomendación referida a avanzar, sin demora y de manera imparcial, en la investigación del caso citado, señalando que se encuentran líneas investigativas en curso y que se debe preservar la soberanía y competencia jurisdiccional del Paraguay[6].

Por otro lado, cabe señalar que el Paraguay se ha adherido a los Principios de Vancouver relativos al mantenimiento de la paz, y la prevención del reclutamiento y uso de niños soldados. En este sentido, el Paraguay ha destacado su «participación activa y constante en las misiones de paz de las Naciones Unidas y con esta adhesión, se suma a la voluntad internacional de reforzar y hacer respetar los derechos del niño, reafirmando su compromiso con la observancia de los derechos humanos»[7].

La estrategia del miedo

La presencia de la FTC en el norte del país es el reflejo de una estrategia instaurada a través del miedo, para mantener la supuesta paz y el orden entre los pobladores.

El objetivo es que tengamos miedo, que nos callemos, que no opinemos sobre lo que sucede en nuestras comunidades. Ninguna seguridad nos trae la FTC, al contrario, inseguridad, miedo. Aquí el miedo se considera como un elemento favorable al silencio y la pasividad de los afectados, y por lo tanto, a la impunidad de los perpetradores de abusos e intervenciones irregulares. Además, el miedo y el silencio son funcionales para acallar las demandas sociales de la población, como afirma un campesino de Lima: «Miedo nos hacen tener para que nos callemos, y cada vez es peor. Nosotros andamos sufriendo meses, años bajo carpa, no hay plata para comprar tierra, eso es triste, esa es la realidad»[8].

En cuanto a la percepción sobre el sistema de justicia, el informe de la misión de observación de la Codehupy en febrero del 2021 describe, a partir de la participación de las personas pobladoras:

Los testimonios recabados, tanto de ciudadanos(as) como de autoridades, evidencian una Justicia inoperante, que desarrolla actuaciones judiciales con abierto desapego al debido proceso y deja en absoluta impunidad las violaciones de los derechos humanos. Más aún, la Justicia opera como un instrumento de agresión a defensores y defensoras de derechos humanos, líderes campesinos, educadores, comunicadores(as), profesionales de la salud, quienes son judicializados(as) sin fundamento[9].

A esta falta de acceso a la justicia, se suma la total inoperancia para rescatar a los civiles secuestrados por el grupo: Edelio Morínigo, Félix Urbieta y Oscar Denis. Así también, existe una fuerte presencia de narcotraficantes, quienes se suman a los atropellos contra las y los pobladores de la zona.

El mencionado abuso concurrente incluye, además, las detenciones de las personas en los retenes, quienes son controladas por las fuerzas de seguridad en rutas y caminos vecinales.

Si te encuentran y no tenés tu cédula, te golpean; si no tenés los documentos de tu moto, te coimean; y si tenés todo, igual están el paso y te agreden los militares, es impresionante la prepotencia y el abuso por parte de las autoridades[10].

Los testimonios reflejan que la estrategia utilizada por el Estado se basa en el miedo a través de las amenazas y los controles sistemáticos a los que son sometidos los pobladores con el supuesto objetivo de mantener la seguridad, el orden y la paz en los territorios.

Altas asignaciones presupuestarias a la FTC con nulos resultados

La justificación para la creación de la FTC fue devolver la seguridad a la zona norte ante el crecimiento del accionar de grupos irregulares. En más de ocho años de vigencia, la visión predominante en las comunidades campesinas es que, contrariamente, la inseguridad y los hechos delictivos se incrementaron; hay horarios en los que no se puede circular libremente, las llamadas y denuncias de los pobladores son desestimadas por las fuerzas públicas[11].

Los pobres resultados obtenidos por la FTC en todos estos años se evidencian en el simple hecho de que los grupos armados no estatales en el norte siguen existiendo. A pesar de ello, el Estado continúa redoblando el gasto público para la vigencia de policías, militares y antidrogas ante un problema que solo reproduce la violencia, amplía la desigualdad social a causa de las necesidades insatisfechas con relación al empleo, la tierra, la infraestructura, los servicios de salud y la educación. Por otro lado, aumentan las limitaciones de fondos con los que cuenta el Estado para hacer frente a la problemática social desde una perspectiva de protección social a fin de atender las demandas de la población; situación que, a su vez, está ligada al represivo e injusto sistema tributario, el que beneficia especialmente a los sectores de mayores ingresos económicos.

En ese sentido, una pobladora manifestó a Serpaj-Py:

La FTC tuvo pocos resultados, sin embargo, tiene un presupuesto elevado del Estado. […] Todo lo que utilizaron como recursos no compensa con sus resultados […] sería importante trasladar el uso de esos recursos que utilizan actualmente, y compensar las áreas de salud, educación y la agricultura para beneficio de la población vulnerable del departamento[12].

El presupuesto de la FTC ha aumentado de forma sostenida desde el 2018, con un programa presupuestario específico tanto en el Ministerio de Defensa Nacional como en el Ministerio del Interior. Sin embargo, sigue siendo una tarea difícil estimar todo el presupuesto destinado a la FTC por la falta de información pública disponible, en especial sobre la cantidad de efectivos militares y policiales destinados a este fin. El presupuesto total estimado de la FTC, para el periodo que va de 2013 a 2020, fue de USD 128 millones, correspondiendo USD 93 millones a las FF. AA. y USD 35 millones a la Policía Nacional. El promedio del presupuesto de los tres últimos años fue de USD 25 millones, un monto significativo que ya supera a entidades públicas claves como el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), que para el 2022 tiene un presupuesto asignado de Gs. 64.000.000.000, unos USD 9.400.000.

En el informe de la misión de observación de la Codehupy se contabiliza que los grupos armados irregulares han cometido —desde su aparición— unos 135 ataques violentos, entre los que se incluyen 15 secuestros y 67 homicidios (38 civiles, 18 policías y 11 militares). La mayor parte de estos hechos ocurrió luego de la creación de la FTC, cuya presencia en la zona solo ha logrado exacerbar la violencia[13].

Por otra parte, los ingresos que obtienen miembros de la FTC no solo provienen del presupuesto estatal, sino que existen múltiples denuncias sobre pagos que los mismos exigen a la población, aduciendo diversos motivos; también se dan versiones de que cobran a los propietarios de estancias y otros establecimientos para garantizarles seguridad. Varios pobladores y pobladoras mencionan ese tipo de prácticas.

Ellos salen para coimear, no para dar seguridad, hay que decir eso, la policía sale para coimear grande también […]. En Arroyito, los militares se colocaron al lado de un sojal, y ellos hacen guardia ahí. Los privilegiados son de la FTC, para nosotros nada. Y si te descuidás te llevan a la cárcel, te imputan, esa es la mafia […] es negocio para ellos[14].

Derechos de las mujeres

Con relación a la situación de las mujeres en la zona norte, en su misión de observación, la Codehupy observó que continúa arraigada la cultura tradicional que mantiene a niñas, adolescentes y mujeres discriminadas y en condiciones de desigualdad histórica. Son las primeras en abandonar la escuela para ayudar en el trabajo doméstico y de cuidado en la familia. No acceden a información sobre sexualidad y reproducción, lo que las induce a uniones tempranas, embarazos no deseados y maternidades a temprana edad. Sufren cotidianamente la violencia doméstica y de género causada por patrones culturales vigentes, que las mantienen silenciadas cuando son maltratadas y son pocas las que denuncian debido a la insuficiencia de servicios de atención[15].

Casos ocurridos en 2021

Seguimiento del caso de las niñas asesinadas

La causa en la que se investigan las actuaciones de la FTC en el asesinato de las niñas Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba, el 2 de septiembre de 2020, se encuentra radicada en la Unidad Penal N.º 2 de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos, a cargo de la agente fiscal Silvia Cabrera.

Con relación a los hechos acontecidos, existen actualmente tres causas penales:

  1. Causa N.º 129/20 «Investigación penal s/ hecho punible contra la vida y otros», agente fiscal Silvia Cabrera, Unidad 2 Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos. Se investiga el asesinato de las niñas en el procedimiento de la Fuerza de Tarea Conjunta, ocurrido el 2 de septiembre de 2020.
  2. Causa original, en virtud de la cual se lleva adelante el procedimiento de la FTC a cargo del agente fiscal Federico Delfino, de la Unidad Antisecuestro.
  3. Causa sobre violación de la patria potestad o violación del deber de cuidado u otros a cargo de la agente fiscal Carina Sánchez, de la Unidad Especializada en la Lucha contra la Trata de Personas y Explotación Infantil. Causa iniciada en contra de los padres de las niñas ejecutadas en el procedimiento del 2 de septiembre de 2020.

Hasta el momento, no se ha avanzado con medidas eficaces para el esclarecimiento del hecho[16].

Casos sin avances

Carmen Elizabeth Villalba Oviedo

La adolescente de 15 años (edad actual) se encuentra desaparecida desde noviembre de 2020. De acuerdo con la información de primera mano recopilada por la misión de la Codehupy, Carmen Elizabeth Villalba Oviedo habría sido una de las personas heridas en el operativo del 2 de septiembre de 2020 en Yby Yaú. Si bien existe una causa penal abierta, no se han logrado avances en su búsqueda. La causa penal está identificada con el N.º 589/20 «Investigación fiscal» y se encuentra a cargo de la agente fiscal Carina Sánchez, de la Unidad Especializada en la Lucha contra la Trata de Personas y Explotación Infantil.

La gravedad de este hecho mereció que la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, se manifestara «profundamente preocupada por las recientes informaciones sobre la desaparición de la niña de 14 años, Carmen Elizabeth Oviedo Villalba, y la ausencia de progresos en la investigación del asesinato de dos niñas de 11 años, Lilian Villalba y María Carmen Villalba, en Paraguay»[17].

Otros incidentes reportados en la zona norte

Si bien la autoría del artículo no pudo cruzar con otras fuentes oficiales, fuentes oficiosas recogen información de otros casos de incidentes ocurridos en la zona militarizada.

  1. En julio de 2021, tres personas pertenecientes a la FTC murieron en una explosión, en lo que fue señalado como un atentado de parte del EPP a un camión militar[18].
  2. El secuestro y homicidio de un joven de 23 años, Jorge Ríos, en julio de 2021. Las fuerzas de seguridad atribuyeron la autoría a la Agrupación Campesina Armada – Ejército del Pueblo (ACA-EP)[19].
  3. La muerte, en enfrentamiento con la FTC, de dos personas que habrían estado vinculadas al grupo armado no estatal Ejército del Mariscal López (EML), en agosto de 2021[20].
  4. En octubre de 2021, los medios se hicieron eco de la muerte de una persona que habría sido producto de un error de la FTC, mientras se encontraba de cacería, según recoge la información testimonial otra persona sobreviviente. Según se reportó en un medio de comunicación, el Comando de Operaciones de Defensa Interna (CODI) señala que hubo un enfrentamiento, cuestión que habría sido desmentida por el sobreviviente[21].

Sin novedades de tres secuestrados

Hasta la fecha de cierre de este informe, siguen secuestrados por miembros de los grupos armados Félix Urbieta, Edelio Morínigo y Oscar Denis, sobre los que el Estado no ha podido dar respuestas satisfactorias a sus propias familias en cuanto a los avances en el proceso de investigación realizada por el Ministerio Público.

Conclusiones

Persiste la política de seguridad instaurada a partir de la promulgación de la Ley N.º 5036/2013, la que amplía las funciones de los militares, otorgándoles unas atribuciones que constitucionalmente corresponden a la Policía Nacional.

A pesar de contar con mayor inversión anualmente y multiplicar los recursos humanos para capturar a los miembros de los grupos armados no estatales, como el Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), Ejército del Mariscal López (EML) y la Agrupación Campesina Armada (ACA), los resultados han sido nulos en este sentido; más bien continúan generando miedo, debido al permanente abuso de poder que sigue cometiendo la FTC contra las y los pobladores en los departamentos de San Pedro, Concepción y Amambay. A su vez, las nuevas restricciones sanitarias aumentaron el acoso militar contra la población civil.

Los abusos de poder, incluidos todo tipo de violencia, malos tratos, crueles y degradantes cometidos por la Fuerza de Tarea Conjunta, vienen aparejados de allanamientos, imputaciones, acusaciones y posteriores sanciones penales a numerosas personas, entre las que se encuentran campesinas y campesinos, líderes y lideresas, defensoras y defensores de derechos humanos, con un Ministerio Público y sistema judicial que actúan con total desatención a las normas del debido proceso y el cúmulo probatorio necesario para sostener las altas condenas impuestas a muchas personas que fueron vinculadas con los hechos investigados.

Las prácticas de operadores de justicia parecieran no estar reflejando un esfuerzo real para llegar a la verdad, sino más bien hacerse eco de la tesis de criminalización sostenida por el Ministerio Público y la FTC hacia pobladores de los territorios referidos.

La militarización en forma masiva y sostenida como lo ha sido en Paraguay, con la presencia de las Fuerzas Armadas como mecanismo de seguridad, a más de generar incertidumbre, miedo, zozobra y graves violaciones de derechos humanos, ha implicado un elevado costo al Estado paraguayo; ello, en detrimento de la salud, educación, empleo y protección de indígenas, personas con discapacidad, mujeres, niñas, niños y adolescentes.

También se registran vulneraciones de derechos allí donde se adoptaron lógicas propias de una «guerra», como la militarización de policías o despliegues policiales basados en la ocupación territorial. El recrudecimiento de la violencia general es el resultado, en parte, del uso de armamento más letal y sofisticado; ha sido también uno de los resultados más dañinos para la comunidad, unido a un patrón de mayor impunidad. Estos efectos negativos deben servir como advertencia para los gobiernos que, ignorándolos, deciden avanzar con medidas que profundizan los procesos de militarización.

Para la mayoría de la población, la inseguridad ha aumentado en los últimos años, así como los negocios ilegales y las actividades extractivas; por tanto, la permanencia de la FTC no se justifica. Es necesario un cambio de estrategia del Estado en estos departamentos, redireccionando los recursos hacia el desarrollo social y económico de la población, invirtiendo en salud, educación, viviendas, tierras y reactivación productiva de la economía campesina, combatiendo la corrupción y el manejo arbitrario de los recursos públicos.

Recomendaciones

  • Derogar la Ley N.º 5036/2013 que modifica y amplía los artículos 2, 3 y 56 de la Ley N.º 1337/99 de «Defensa Nacional y Seguridad Interna».
  • Dar cumplimiento efectivo a las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas.
  • Realizar las investigaciones pertinentes, por parte de las autoridades competentes, de los atentados y hechos que han ocasionado la muerte de oficiales y suboficiales de las fuerzas militares, respetando el debido proceso y las garantías judiciales, a fin de que sean individualizados los verdaderos responsables y existan mayor certidumbre y veracidad respecto a los hechos que se registran en la zona norte.
  • Garantizar el debido acceso a la justicia, en concordancia con el derecho nacional e internacional vigente en materia de derechos humanos.
  • Avanzar en las investigaciones para el esclarecimiento de muertes, secuestros, torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes.
  • Redireccionar el presupuesto asignado a la Fuerza de Tarea Conjunta hacia la construcción y el mejoramiento de la infraestructura de instituciones educativas, sanitarias, caminos y otras acciones que propicien el desarrollo local.
  • Desarrollar y fortalecer los programas sociales que contribuyan a la disminución de la pobreza y a la protección social de todas las personas a lo largo de su ciclo de vida.

  1. Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay, Misión de observación sobre la situación de los derechos humanos en la zona norte (22 al 26 de febrero de 2021). Informe final (Asunción: Codehupy, 2021), 28.
  2. Ibidem, 29.
  3. «Ministro de Defensa destaca la tarea cumplida por las FF.AA. en el marco de la pandemia del Covid-19», Ministerio de Defensa Nacional, acceso el 30 de octubre de 2021, http://www.mdn.gov.py/index.php/noticias/ministro-de-defensa-destaca-la-tarea-cumplida-por-las-ffaa-en-el-marco-de-la-pandemia-del-covid-19
  4. Mirta Moragas, «Punitivismo y militarización en tiempos de cuarentena en Paraguay», Injusta Justicia, 23 de marzo de 2020, https://injustajusticia.org/es/punitismo-militarizacion-cuarentena-paraguay
  5. Consejo de Derechos Humanos, Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, Paraguay, 12 de julio de 2021, https://undocs.org/es/A/HRC/48/9
  6. Examen Periódico Universal (EPU) Paraguay, miércoles 5 de mayo de 2021, https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/UPR/Pages/PYindex.aspx
  7. «Paraguay se adhiere a los Principios de Vancouver sobre uso de niños soldados», Ministerio de Relaciones Exteriores, 31 de agosto de 2021, acceso el 30 de octubre de 2021, https://www.mre.gov.py/index.php/noticias-de-embajadas-y-consulados/paraguay-se-adhiere-los-principios-de-vancouver-sobre-uso-de-ninos-soldados
  8. Luis Rojas Villagra, Investigación sobre Gastos de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC). A siete años de su implementación en la Zona Norte y su impacto sobre el derecho a la vida, en especial sobre el derecho del campesinado (Asunción: Servicio Paz y Justicia – Paraguay, 2021), 59.
  9. Codehupy, Misión de observación…, 21
  10. Rojas Villagra, Investigación…, 56.
  11. Codehupy, Misión de observación
  12. Rojas Villagra, Investigación…, 58.
  13. Codehupy, Misión de observación…, 37.
  14. Rojas Villagra, Investigación…, 67.
  15. Codehupy, Misión de observación…, 118-121.
  16. Codehupy, Misión de observación… y «Adolescentes denuncian a Paraguay ante ONU por ejecución de menores por parte del Ejército», Sputnik Mundo, 11 de enero de 2021, acceso el 30 de octubre de 2021, https://mundo.sputniknews.com/20210111/adolescentes-denuncian-a-paraguay-ante-onu-por-ejecucion-de-menores-por-parte-del-ejercito-1094080159.html
  17. «Notas informativas de prensa sobre Paraguay», Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 5 de febrero de 2021, https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26726&LangID=S
  18. «Ataque con explosivos a móvil de la FTC deja 3 muertos en el Norte», Última Hora, 30 de julio de 2021, acceso el 30 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/ataque-explosivos-movil-la-ftc-deja-3-muertos-el-norte-n2953552.html
  19. «Confirman que cuerpo hallado pertenece a Jorge Ríos», Última Hora, 3 de julio de 2021, acceso el 30 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/confirman-que-cuerpo-hallado-pertenece-jorge-rios-n2949163.html
  20. «Cae abatido hijo de Alejandro Ramos en enfrentamientos de FTC con EML», ABC Color, 1 de agosto de 2021, acceso el 30 de octubre de 2021, https://www.abc.com.py/nacionales/2021/08/01/cae-hijo-de-alejandro-ramos-en-enfrentamiento-de-ftc-con-eml/
  21. «La FTC reconoció que mataron a una “persona común”, según sobreviviente», Última Hora, 5 de octubre de 2021, https://www.ultimahora.com/la-ftc-reconocio-que-mataron-una-persona-comun-segun-sobreviviente-n2964749.html
Persiste la impunidad en zonas militarizadas